Innovación, tecnología y administración pública : especial referencia a los servicios públicos de empleo

Author

Delgado García, Carlos Francisco

Director

Valero Torrijos, Julián

Date of defense

2017-01-12

Pages

410 p.



Department/Institute

Universidad de Murcia. Departamento de Derecho Administrativo

Abstract

La situación actual de crisis en la que nos encontramos desde hace unos años está teniendo una especial incidencia sobre la tasa de desempleo, hasta el punto de que ha llegado a alcanzar un porcentaje de la población activa desconocido desde hace ya varias décadas. A diferencia de lo que ha ocurrido en otras etapas con semejantes cifras de paro, el actual desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación nos obliga a plantearnos hasta qué punto las herramientas disponibles hoy día pueden ayudarnos a afrontar este urgente desafío. En concreto, teniendo en cuenta el papel que están llamados a asumir los poderes públicos, es necesario plantearse en qué medida la modernización tecnológica de los Servicios Públicos de Empleo está sirviendo para ayudar a superar este desafío o, por el contrario, si la llamada Administración electrónica se encuentra ante problemas, barreras y disfunciones jurídicas propias de la gestión en papel y las relaciones presenciales que impiden aprovechar el potencial innovador que ofrece la tecnología. Además de aportar una visión jurídica sobre la legislación reguladora de los Servicios Públicos de Empleo y de la trascendencia de sus últimas reformas, en especial la acometida en 2015 debido a su especial calado, se han tenido en cuenta en la elaboración del trabajo las opiniones y propuestas de mejora del personal que presta sus servicios en los mismos. En concreto, ha sido posible contrastar los planteamientos y enfoque del trabajo tanto con el personal que se encuentra en atención directa en Oficinas de Empleo, ya sea en los servicios relativos a Demandas, Ofertas, Inscripciones, Prestaciones o Información, como del personal que tiene su puesto de trabajo en los Servicios Centrales de los distintos Servicios de Empleo, bien en los Órganos Gestores, bien en los Servicios de las Secretarías Generales. De este modo, con independencia de las consideraciones dogmático-jurídicas que se realizan en el trabajo, nuestro enfoque se ha visto enriquecido con una aproximación metodológica dotada de una decidida perspectiva práctica contrastada con el denominado “personal de frontera”, que es el que asume la atención directa con los usuarios del sistema. En última instancia, el objetivo que se ha planteado con este trabajo doctoral se refiere a la necesidad de dotar a las herramientas tecnológicas de una configuración jurídica adecuada que permita optimizar la relación existente entre las Administraciones Públicas que tienen participación en materia de políticas de empleo. Sólo a partir de este planteamiento será posible evitar una gestión fragmentada de la información que no sólo tenga nefastas consecuencias desde la perspectiva del interés general, sino sobre todo hacia los usuarios de estos servicios, doblemente castigados por encontrarse en situación de desempleo. Se ha tratado de ofrecer pautas e indicaciones que, desde la perspectiva jurídica, faciliten una mayor coordinación interadministrativa que trate de poner en valor la credibilidad de los Servicios Públicos de Empleo, ciertamente devaluada ante las bajas cifras de contrataciones efectuadas a través de los mismos. Si se opta por el establecimiento de un Servicio Público de Empleo, habría que dotar a los mismos de un valor añadido con respecto a los sistemas de gestión privada que justifique su permanencia. Dicho valor añadido ha de pasar por un mayor aprovechamiento de la información que obra en poder de las distintas Administraciones que actúan en la intermediación laboral y que ha de fluir entre ellas con agilidad, ayudadas en todo ello por las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones; mediante el diseño de un modelo de gestión que sea plenamente respetuoso con los datos personales de los usuarios. Dando cumplimiento a principios como el de transparencia, se ha de recuperar la confianza de los empresarios para que de nuevo vuelvan a acudir a los Servicios Públicos de Empleo, no únicamente cuando vayan a obtener una subvención a cambio, sino porque realmente obtengan un servicio de calidad y eficaz. Actuaciones tales como una mayor publicidad de los servicios que se prestan, una apuesta real y efectiva por la simplificación procedimental, una mejor formación del personal que presta sus servicios en los mismos, la eliminación de la fragmentación de las Administraciones intervinientes y la implantación generalizada de procedimientos telemáticos ayudarían a la consecución del objetivo propuesto. Podríamos concluir que las novedades que se acaban de introducir en nuestro Ordenamiento Jurídico a través de las Leyes 39 y 40 de 2015 no lo son tanto por la innovación de las materias y los medios que establece, ya que en su mayoría son el resultado de una recapitulación de disposiciones dispersas, hasta el extremo que con la reforma se han elevado a categoría legal muchas previsiones reglamentarias hasta ahora aplicables de manera directa únicamente en el ámbito estatal. En todo caso, el hecho de que la tramitación procedimental se prevea con carácter general a través de medios telemáticos, supone el reconocimiento positivo de un cambio de paradigma que ha tenido lugar a través de diversa normativa sectorial durante los últimos años. Sólo resta por comprobar hasta qué punto su aplicación práctica va a permitir dar el impulso necesario —en los términos que hemos tratado de plantear en este trabajo— a la actividad que llevan a cabo las diversas Administraciones Públicas en materia de empleo.


The current crisis situation in which we have been since a few years is having a special impact on the unemployment rate, to the point where it has reached a percentage of the working population unknown for several decades. Unlike what has happened in other stages with such unemployment figures, the current development of information and communication technologies forces us to consider the extent to which the tools available today can help us to face this urgent challenge. Specifically, taking into account the role of public authorities, it is necessary to consider to what extent the technological modernization of Public Employment Services is helping to overcome this challenge or, on the contrary, if the so-called Administration Electronics is faced with problems, impediments and legal dysfunctions inherent to paper management and face-to-face relationships that prevent us from taking advantage of the innovative potential offered by technology. In addition to providing a legal vision on the legislation regulating Public Employment Services and the importance of its latest reforms, especially the one undertaken in 2015 due to its special nature, the opinions and proposals for the improvement of the personnel who render their services therein. Specifically, it has been possible to contrast the approaches and approach of the work with both the personnel that is in direct attention in Employment Offices, or in the services related to Demands, Offers, Inscriptions, Services or Information, as well as the personnel that has their position in the Central Services of the various Employment Services, either in the Managing Bodies or in the Services of the General Secretariats. Thus, regardless of the dogmatic-legal considerations that are made at work, our approach has been enriched with a methodological approach endowed with a decided practical perspective contrasted with the so-called "personal de frontera", who is the one who assumes direct attention to users of the system. Ultimately, the objective that has been raised with this doctoral work refers to the need to equip technological tools with an adequate legal framework to optimize the existing relationship between Public Administrations that have participation in the field of employment policies. Only on the basis of this approach will be possible to avoid a fragmented management of information that not only has harmful consequences from the point of view of the general interest, but above all to users of these services, doubly punished for being unemployed. It has been tried to offer guidelines and indications that, from the legal perspective, facilitate a greater inter-administrative coordination that tries to put in value the credibility of the Public Employment Services, certainly devalued by the low numbers of contracts made through them. If we opt for the establishment of a Public Employment Service, we should provide them with an added value with respect to private management systems that justify their permanence. This added value has to go through a greater use of the information held by the different Administrations that act in the labor intermediation and that has to flow between them with agility, aided in all this by the new information technologies and the communications; by designing a management model that is fully respectful of users personal data. By complying with principles such as transparency, employers confidence must be restored so that they can go back to the Public Employment Services, not only when they are going to obtain a subsidy in exchange, but also because they actually get a quality and efficient. Actions such as greater publicity of the services provided, a real and effective commitment to procedural simplification, better training of the staff who provide services in them, elimination of the fragmentation of the Administrations involved and the widespread implementation of Procedures would help to achieve the proposed objective. We could conclude that the novelties that have just been introduced in our legal system through Laws 39 and 40 of 2015 are not so much because of the innovation of the materials and means that it establishes, since they are mostly the result of a recapitulation of dispersed provisions, to the extent that with the reform many statutory provisions hitherto directly applicable only at the state level have been raised to legal status. In any case, the fact that the legal procesing is foreseen in a general way through telematic means, supposes the positive recognition of a paradigm shift that has taken place through diverse sectoral regulations during the last years. It only remains to verify to what extent its practical application will allow us to give the necessary impetus - in the terms we have tried to raise in this work - to the activity carried out by the various Public Administrations in terms of employment.

Keywords

Oficinas de empleo; Servicios públicos

Subjects

3 - Social Sciences; 33 - Economics. Economic science; 331 - Labour. Employment. Work. Labour economics. Organization of labour. ; 35 - Public administration. Government. Military affairs

Knowledge Area

Ciencias sociales y jurídicas

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