Universitat Autònoma de Barcelona. Departament de Ciència Política i de Dret Públic
Desde la entrada en vigor en el año 2010 de la reforma que del Código Penal hizo la L.O. 5/2010, de 22 de junio, son numerosas las cuestiones que se han venido planteando en torno a la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el importante cambio de paradigma que ha supuesto. Se constata la necesidad de crear una Teoría del Delito para las personas jurídicas, y en tal sentido nos postulamos a favor de que ésta se parezca en la mayor medida de lo posible a la existente para las personas físicas. Así, aprovechando el ingente acervo intelectual volcado a lo largo de más de tres siglos para el Derecho Penal de las personas físicas podrá levantarse una sólida Teoría del Delito para las personas jurídicas. Sin embargo, no puede hacerse un calco de otra, sino que habrá que adaptarse con gran flexibilidad a las particularidades que las personas jurídicas presentan, tomando siempre como rumbo el mantenimiento de las garantías y principios ordenadores del Derecho Penal. La presente Tesis se ocupa de estudiar primero el Compliance como disciplina autónoma, como rama del saber específica que aúna distintas materias, luego se dedica al estudio del Sistema, el Modelo y el Fundamento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en España, y finaliza con el desarrollo de una investigación cualitativa siguiendo el método de las entrevistas semiestructuradas, para analizar los efectos eximentes y atenuantes de los Compliance Programs. De manera que, tras la investigación entendemos que más allá de lo que dispone el Código Penal, no se determina como deben ser el contenido de los Compliance Programs para eximir de responsabilidad penal, pues el artículo 31 bis 5, así como del artículo 31 bis 2 y 3 del Código Penal han de ser objeto de un pormenorizado desarrollo que conlleva de facto un nivel de exigencia superior al que de una mera lectura de tales preceptos pudiera parecer. En otro orden, podemos adelantar aquí la existencia de tres vías de exoneración de responsabilidad penal y de tres tipos de atenuantes para las personas jurídicas. Así la persona jurídica quedará exonerada por la anulación del Injusto de la persona física de cualquiera de las dos vías de imputación previstas en el artículo 31 bis 1 del Código Penal, también quedará exonerada en sede de Injusto por la concurrencia de una Causa de Justificación, y finalmente también podrá quedar exonerada en sede de Culpabilidad por la acreditación de una Causa de Exculpación. En relación a los tres tipos de atenuantes cabe señalar que existen unas atenuantes ex ante vinculadas a las Causas de Justificación, unas atenuantes ex post vinculadas a la Cultura de Cumplimiento, y unas atenuantes procesales que son iguales para las personas físicas y las jurídicas.
After the reform of the Criminal Code on 2010 (L.O. 5/2010, June 22th) many issues have been raised about the criminal responsibility of corporations and the change of the paradigm. It is necessary to create a Crime Theory for corporations. It would be as similar as we have for people. On this way, we can take advantage of our heritage build for the last three centuries. However, it could not be like a simple copy, it should be adapted for particularities of corporations, taking care of the maintenance of the guarantees and principles of criminal law. We study the Compliance as a discipline first, a branch of knowledge that brings together different subjects. After that, we study the System, the Model and the Foundation of the criminal liability in Spain for corporations. Finally, we develop a qualitative research with method of interviews to analyze the effects of the Compliance Programs as exempting and mitigation circumstances. Thus, after this investigation we must understand that beyond the provisions of the Criminal Code there is a higher level of requirements. It is not determined how it should be the contents of the Compliance Programs to exempt of criminal responsibility. The “article 31 bis 5”, as well as “article 31 bis 2 and 3” of the Criminal Code must be the subject of a detailed development. We can distinguish three ways of exemption from criminal responsibility and three types of mitigating circumstances for corporations. Thus, corporations could be exonerated by the nullification of the “Injustice” of both physical person provided at the “article 31 bis 1” of the Criminal Code. Also, the corporation could be exonerated by the nullification of the “Culpability”. In relation of the three types of mitigation circumstances it should be noted that the first is an ex ante mitigation circumstances linked to the causes of justification. Furthermore, we have some of them ex post linked to the culture of Compliance, and finally we have the procedural mitigation circumstances as we have for natural persons and corporations.
Compliance; Persona jurídica; Persona jurídica; Corporate; Responsabilitat penal; Responsabilidad penal; Criminal liability
343 - Criminal law. Penal offences
Ciències Socials